La Asociación de Fútbol Oruro (AFO) dando cumplimiento al estatuto en actual vigencia y de conformidad con el Art. 16 y 26, convoca a la primera Asamblea General Ordinaria y realización de elecciones para renovar el cuadro directivo para la gestión 2009-2010.
PRIMERO.- La Asamblea General Ordinaria se realizará el miércoles 6 de mayo del presente año a partir de las 19.30 horas, en la sede de la institución, sujeto al orden del día, que establece el Art. 17 del estatuto.
SEGUNDO.- Conforme al Art. 8. Las principales autoridades de la AFO serán nombradas por la Asamblea General Ordinaria, por votación secreta y directa por dos tercios de votos, en caso que en la segunda no se eligiere se procederá a una tercera votación, previo cuarto intermedio, requiriéndose sólo la mayoría absoluta (mitad más uno), conforme establece el estatuto.
Las condiciones de elegibilidad que se requieren son las siguientes.
a).- Ser ciudadano en ejercicio (Boliviano) con domicilio fijo en la ciudad de Oruro; b).- Haber sido directivo de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Asociación de Fútbol Oruro (AFO) o clubes afiliados por espacio de un año; c).- Ser mayor de 30 años.
d).- Tener moral reconocida y antecedentes de una destacada actividad deportiva; e).- No tener o haber tenido cargos económicos con la FBF, AFO o con los clubes; j).- No ser jugador, árbitro o entrenador en actividad, ni periodista o comentarista deportivo en actividad o en ejercicio
La Asamblea General es la autoridad máxima de la AFO y se halla constituida por un presidente; dos vicepresidentes (primero y segundo); los presidentes de los comités; un secretario general; un tesorero; un secretario de Actas; un secretario de Relaciones públicas; dos delegados por club de la categoría Primera “A”; dos delegados por club de la categoría Primera “B”; cuatro delegados de la categoría Primera de Ascenso; cuatro delegados de la categoría Segunda de Ascenso; cuatro delegados de la categoría Tercera de Ascenso; dos delegados de la categoría Infanto-Juvenil y dos delegados de la Liga Provincial.
TERCERO.- Los delegados acreditados de todos los clubes de la categoría Primera “A” y “B” y representantes de divisiones, para participar en la Asamblea General Ordinaria y el verificativo de las elecciones, deberán presentar sus acreditaciones hasta el día de la Asamblea a partir de las 18 horas, antes del verificativo de las elecciones conforme al “Quórum” que establece al Art. 18; pasada la misma no se aceptará ninguna acreditación.
PRIMERO.- La Asamblea General Ordinaria se realizará el miércoles 6 de mayo del presente año a partir de las 19.30 horas, en la sede de la institución, sujeto al orden del día, que establece el Art. 17 del estatuto.
SEGUNDO.- Conforme al Art. 8. Las principales autoridades de la AFO serán nombradas por la Asamblea General Ordinaria, por votación secreta y directa por dos tercios de votos, en caso que en la segunda no se eligiere se procederá a una tercera votación, previo cuarto intermedio, requiriéndose sólo la mayoría absoluta (mitad más uno), conforme establece el estatuto.
Las condiciones de elegibilidad que se requieren son las siguientes.
a).- Ser ciudadano en ejercicio (Boliviano) con domicilio fijo en la ciudad de Oruro; b).- Haber sido directivo de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Asociación de Fútbol Oruro (AFO) o clubes afiliados por espacio de un año; c).- Ser mayor de 30 años.
d).- Tener moral reconocida y antecedentes de una destacada actividad deportiva; e).- No tener o haber tenido cargos económicos con la FBF, AFO o con los clubes; j).- No ser jugador, árbitro o entrenador en actividad, ni periodista o comentarista deportivo en actividad o en ejercicio
La Asamblea General es la autoridad máxima de la AFO y se halla constituida por un presidente; dos vicepresidentes (primero y segundo); los presidentes de los comités; un secretario general; un tesorero; un secretario de Actas; un secretario de Relaciones públicas; dos delegados por club de la categoría Primera “A”; dos delegados por club de la categoría Primera “B”; cuatro delegados de la categoría Primera de Ascenso; cuatro delegados de la categoría Segunda de Ascenso; cuatro delegados de la categoría Tercera de Ascenso; dos delegados de la categoría Infanto-Juvenil y dos delegados de la Liga Provincial.
TERCERO.- Los delegados acreditados de todos los clubes de la categoría Primera “A” y “B” y representantes de divisiones, para participar en la Asamblea General Ordinaria y el verificativo de las elecciones, deberán presentar sus acreditaciones hasta el día de la Asamblea a partir de las 18 horas, antes del verificativo de las elecciones conforme al “Quórum” que establece al Art. 18; pasada la misma no se aceptará ninguna acreditación.
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